
Cuando un propietario no residente vende un inmueble en España, la primera pregunta es casi siempre la misma: «al final, ¿cuánto recibo de verdad?». Entre la retención del 3 %, el impuesto sobre la plusvalía y la fiscalidad del país de residencia, el cálculo asusta. Aquí tienes las reglas, explicadas de forma sencilla, para saber qué esperar antes de poner tu inmueble a la venta.
La retención del 3 %: qué es y quién la paga
Si eres no residente fiscal en España, el comprador está legalmente obligado a retener el 3 % del precio de venta e ingresarlo directamente en Hacienda. No es un impuesto adicional: es un anticipo de tu impuesto sobre la plusvalía (el IRNR). El día de la firma, por tanto, solo recibes el 97 % del precio.
El cálculo de tu plusvalía real
La plusvalía imponible es la diferencia entre tu precio de venta y tu precio de compra, menos los gastos deducibles: gastos de notaría y registro en la compra, comisión de agencia y ciertas obras justificadas con factura (consulta el detalle de los gastos del vendedor en España). Para un residente de la Unión Europea, esta plusvalía tributa al 19 % en España.
En Buenapart, esta parte está cubierta. Trabajamos con colaboradores de confianza, franceses, españoles e ingleses, para gestionar este tipo de tributación y los trámites asociados. Es un servicio que ofrece directamente la agencia, para que no tengas que buscar tú solo al interlocutor adecuado.
Recuperar el exceso con el Modelo 210
A menudo, el 3 % retenido por el comprador es superior al impuesto realmente debido sobre tu plusvalía, sobre todo si tienes poca o ninguna ganancia. En ese caso, puedes reclamar la devolución de la diferencia presentando el formulario Modelo 210, en un plazo de cuatro meses tras la venta. Muchos vendedores ignoran este paso y dejan dinero sobre la mesa.
¿Y en tu país? Evitar la doble imposición
Los convenios fiscales entre España y países como Francia evitan que tributes dos veces por la misma plusvalía. Declaras la venta en tu país de residencia, pero el impuesto ya pagado en España da derecho a una deducción. Las condiciones dependen de tu situación, de ahí el interés de validarlo con un profesional.
Una advertencia: cada situación es particular (año de compra, obras realizadas, residencia fiscal, importe de la plusvalía). Las reglas anteriores dan el marco, pero un asesoramiento personalizado sigue siendo recomendable antes de vender, y es exactamente lo que ponemos en marcha contigo.
Simulación: lo que un vendedor recibe de verdad
Tomemos un ejemplo concreto, para un inmueble vendido en 200.000 €:
- Precio de venta: 200.000 €
- Retención del 3 % ingresada en Hacienda (anticipo, en parte recuperable): 6.000 €
- Honorarios de agencia (2 %): 4.000 €
- Plusvalía municipal: 1.500 €
- Neto recibido el día de la firma: 188.500 €
Buena noticia: de los 6.000 € de retención, una parte puede devolvértela mediante el Modelo 210 si el impuesto realmente debido sobre tu plusvalía es inferior a ese anticipo. Ahí es donde el acompañamiento marca la diferencia.
Cómo Buenapart asegura tu venta y tu fiscalidad de principio a fin
De la valoración al pago final, nuestra agencia francófona coordina la venta y te orienta en la parte fiscal, para que sepas desde el principio lo que vas a ingresar realmente. Consulta también el mercado de Valencia en 2026 para vender en el momento adecuado.